Te quitarán 6 puntos si…
- Conduces con una tasa de alcohol superior a la establecida: valores mg/l aire aspirado, más de 0,50. 0,30 para profesionales y conductores con menos de dos años de experiencia de carné de conducir.
- Si conduces bajo los efectos de estupefacientes, estimulantes u otras sustancias con efectos secundarios parecidos.
- No someterse a la realización de las pruebas de alcoholemia, estupefacientes, estimulantes…
- Conducir de forma temeraria, en sentido contrario, hacer carreras o competiciones no autorizadas.
- Conducir vehículos que lleven instalados sistemas que inhiben la vigilancia de tráfico así como inhibición de sistemas de detección de radar.
- Exceso en más de un 50 por ciento en los tiempos de conducción o minoración en más de un 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
- Colocación de elementos que alteren el funcionamiento de los tacógrafos o limitador de velocidad.
Te quitarán 4 puntos si…
- Conduces un vehículo sin carnet, con él suspendido temporalmente o si te lo han retirado
- Conduces un vehículo sin el carnet apropiado
- Arrojas a la vía objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación
- Te saltas un ceda el paso, stop o un semáforo en rojo
- Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas
- Realizas la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías
- No respetas las señales de los Agentes que regulan la circulación
- No mantienes la distancia de seguridad con el vehículo que le precede
- Tasa de alcohol: Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l)
Te quitarán 3 puntos si…
- Efectúas un cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
- Conduces utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente teléfonos móviles, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación.
- No usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección
En el Boletín Oficial del Estado del 24 de noviembre de 2009, en la sección I página 99619 está detallada con todo lujo la lista de infracciones por las que te pueden quitar puntos del carnet de conducir.
Recuerda que puedes consultar tus puntos, y en caso de necesitarlo encontrar centros autorizados para recuperar tus puntos